Articulo de: Teresa Utrera Postigo
Centro aRa, Gestión y Resolución de Conflictos
Hoy
día es muy escuchado el término Plan de Parentalidad, sobre todo desde
que se están dando más las Custodias Compartidas. Con este artículo, se
pretende dar una visión general de en qué consiste y los beneficios que trae
consigo.
El
Plan de Parentalidad (a partir de ahora PP) es un documento que se elabora
como guía o manual de instrucciones para la nueva situación en que se encuentra
una familia tras una separación, divorcio o nulidad, y en la que existen
hijos/as menores. Esta planificación supone principalmente tres beneficios
para la familia: la organización general de ambos padres frente a la
perspectiva de ser padre-madre separado/a; la tranquilidad de los hijos/as
menores en cuanto a que se les presenta una situación nueva pero ordenada,
permitiéndoles mantener una relación sana con sus progenitores y una
estabilidad emocional; y en tercer lugar, que serán evitados muchos conflictos
comunes después de una separación o divorcio, gracias al plan de actuación y a
la prevención de situaciones de riesgo.
Otros
de los beneficios son que se persigue el favorecer que ambos padres compartan
sus responsabilidades (tanto derechos como obligaciones) hacia sus hijos/as
después de la ruptura, y que se mantengan las relaciones con hermanos/as,
abuelos/as, entre otros aspectos que se detallan más adelante.
Con
este documento se salvan determinados aspectos que no son contemplados en el
convenio regulador, los cuales, por falta de previsión, suelen ser causantes de
innumerables conflictos. Nos referimos a que los convenios exponen de manera
muy estandarizada todo lo relacionado con los hijos/as. La convivencia y el
régimen de estancia (antigua custodia y régimen de visitas), así como aspectos
económicos y otros relacionados con los menores, se presentan limitados a días,
lugar y horas de entrega y recogida, fechas de vacaciones, cantidades, etc. sin
atender a la complejidad de cada realidad, y mucho menos previniendo cambios
derivados de posibles nuevas situaciones. Sin embargo, en el PP se da espacio a
los cambios que pueden surgir como consecuencia de la edad o las nuevas
necesidades de los hijos/as.
En
Cataluña es obligatorio el PP, ya sea un proceso contencioso o de mutuo acuerdo,
de custodia compartida o no. Esta obligatoriedad está regulada en el Libro
Segundo del Código Civil de Cataluña, y por ello, tomaremos dicha legislación
como referencia para explicar los contenidos mínimos indispensables que deben
aparecer:
•
el lugar o lugares en los que vivirán
habitualmente los hijos/as,
•
las tareas a las que se compromete cada
progenitor con relación a las actividades cotidianas de los mismos/as,
•
la forma en que deben hacerse los
cambios en la guarda y, si procede, cómo deben repartirse los costes que se
generen,
•
el régimen de relación y de
comunicación con ellos durante los períodos en que un progenitor no los tenga
con él/ella,
•
el régimen de estancias con cada uno de
los progenitores en periodos de vacaciones y fechas señaladas,
•
el tipo de educación y las actividades
extraescolares, formativas y de ocio,
•
la forma de cumplir el deber de
compartir toda la información sobre la educación, la salud y el bienestar de
los hijos/as
•
y la manera de tomar las decisiones
relativas al cambio de domicilio y otras cuestiones relevantes para los
menores.
Tenéis
que saber que, como profesional en temas de familia, considero oportuno incluir
cualquier detalle que los progenitores deseen y no acotarse a los contenidos mínimos.
La Mediación como método para la gestión en la elaboración del PP procura el
beneficio de ambos y su mayor efectividad salvaguardando a los padres y madres,
y sobre todo a los menores, de posibles disputas evitables con una buena
planificación. Este método para la elaboración del PP será objeto de un
artículo que publicaremos la semana que viene.
De
nuevo resaltar la importancia de no poner limites a los contenidos del PP, ya
que es un instrumento de mejora de la calidad de vida de nuestros hijos/as
y éste debe contemplar desde las cuestiones fundamentales, como la elección del
colegio, hasta los detalles mínimos, como la ropa que llevará el/la menor al
volver con el otro/a; además de las pautas que se seguirán para resolver
futuras diferencias.