sábado, 27 de abril de 2013

Condenados a un Régimen de Visitas



¡Estás todo el día llorando! –

Es lo que me suelen decir cuando solicito compartir un día festivo o cuando pido que mi hijo duerma una noche conmigo entre semana. Tal vez si se pusieran en mi lugar se darían cuenta que existen motivos para llorar todo el santo día…

Claro está, que las cosas se ven dependiendo de la persona que las mire, y lo que yo veo blanco, tu lo veas negro. Pero por muy daltónico que yo sea, soy capaz de empatizar y ponerme en el pellejo de la otra parte.

Cuando te separas teniendo hijos, tienes que frenar toda tu vida y replantearte todo partiendo de cero. Si tienes la suerte de llegar a un acuerdo con tu ex, todo será más fácil, pero si no hay entendimiento, si las partes no ceden y acaban en los juzgados, me temo que la justicia no podrá impedir que uno de los dos sea condenado a sufrir toda clase de penurias. 

Para empezar, la igualdad no existe en un tribunal. En la mayoría de los casos de custodias de menores, a las madres se les atribuye la custodia exclusiva de los hijos, y a los padres se les “obsequia” con un régimen de vistas. La igualdad sería que ambos compartiesen la custodia, sin importar el sexo de los progenitores.

Si te paras a pensar lo que conlleva un régimen de visitas, te darías cuenta que  algo falla en este sistema. Puede que funcionase hace 60 años, no lo dudo, pero hoy en día es una aberración. 

Bajo mi punto de vista, a continuación nombraré las diferencias que existen entre custodios y no custodios… ojo, parto de la base que ambos quieren la custodia (convivir y educar) de sus hijos. No me refiero a progenitores que se desentienden de sus hijos y quieren dejar toda la carga al otro…

En cuanto a  lo laboral: Cuando te “condenan” a un régimen de visitas, tienes que cumplirlo, ya que no se puede incumplir una resolución judicial, si lo haces te podrán denunciar.

Progenitores con jornada laboral de turno partido:
No Custodio: No podrás ver a tus hijos entre semana, los veras 2 fines de semana al mes, es decir, 4 días al mes. Para ver a tus hijos entre semana tienes que buscarte un trabajo el cual te permita tener las tardes libres… complicado…
Custodio: veras a tus hijos todos los días, excepto 4 días al mes. Podrás dejar a tus hijos con tus padres, hermanos o con un cuidador, te organizas para poder cumplir con tu jornada.  

Progenitores con jornada de mañana:
No Custodio: Aparte de los fines de semana alternos, casi seguro te “dejaran” ver a tus hijo 2 tardes entre semana (unas 3 horas aprox. cada tarde), sin pernocta, olvídate de ducharlos, darles la cena, leerles un libro, darles las buenas noches, besarlos… me olvidaba, despertarlos, hacerles el desayuno, llevarlos al colé…
Custodio: Nada cambia, salvo que 8 tardes al mes tu ex tiene a los niños 3 horitas por las tardes.

Progenitores Autónomos:
No Custodios: Esté era mi caso, decidí dejar de trabajar las tardes de los martes y jueves además de los viernes alternos, con el fin de poder cumplir como padre (por lo menos el tiempo que el juzgado me “dejaba”). Dicha decisión afecto negativamente en mi empresa. El régimen impuesto normalmente es de 2 tardes entre semana (3 horas por tarde, sin pernocta) y fines de semana alternos.
Custodio: Nada cambia, te organizas como quieres.

Análisis: La parte no custodia para poder estar con sus hijos tendrá que, cambiar de trabajo o sacrificar horas de trabajo, cuestión inasequible para la mayoría.

Además, la “imposición” del régimen de visitas lleva adjuntas otras particularidades. La parte que “disfrute” del régimen de visitas tendrá:

-       Asumir los desplazamientos para cumplir dicho régimen, vamos, que tiene que recoger y llevar a los hijos a la casa de la otra parte. Esto se traduce en gasto de dinero (gasolina…) y de tiempo de estar con los hijos.
-       Que apoyar los gastos derivados de los hijos que se producen en la casa de la otra parte: ropa, comida, ajuar, luz, agua,  etc..., vamos, la manutención. Los gastos que tiene el no custodio en su casa: : ropa, comida, ajuar, luz, agua,  etc…, se los paga el solito. Esto se agudiza cuando la parte que recibe la manutención no entrega a los hijos con la ropa, medicinas, etc.…
-       Que ceñirse a la sentencia y olvidarse de disfrutar con sus hijos los días festivos, puentes, eventos esporádicos, etc.…
-       Organizar las actividades en función del horario del régimen: no podrás ir al cine si las sesiones no te cuadran, cumpleaños de familiares, etc.… Convirtiendo las tardes entre semana en una carrera contra reloj.           

Para concluir, lo habitual es que los regímenes de visitas consistan en los fines de semana alternos  y dos tardes entre semana. Si se incluyesen en esas dos tardes las pernoctas, dejaríamos de hablar de custodias monoparentales, puesto que con solo ese cambio se convertiría en una custodia compartida al 100%. Sin necesidad de regímenes de visitas,  como progenitores en igualdad.

La igualdad es el trato idéntico que se le brinda a las personas sin que medie ningún tipo de reparo por la raza, sexo, clase social u otra circunstancia plausible de diferencia. Es la ausencia de cualquier tipo de discriminación. Es un concepto relativo y comparativo. Cuando se habla de que algo es igual es con respecto a otra cosa, a la que resulta equivalente en su esencia, cantidad y calidad. La igualdad exacta se da en Matemática, cuando dos objetos matemáticos poseen el mismo valor.”
Fuente: http://www.frasecelebre.net/Frases_De_Igualdad.html

Y para nuestros hijos, ¿no tenemos el mismo valor?

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